domingo, 6 de junio de 2010

Reglamento Interior

PRIVADA RESIDENCIAL LAS AVES

REGLAMENTO INTERIOR



El presente Relamento utiliza como base el reglamento de Regimen de Propiedad de Condomino del estado de Guanajuato,.

CAPITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1°.- El presente reglamento es de orden público y de aplicación en todo el conjunto habitacional denominado del fraccionamiento Residencial Las Aves, de la ciudad de Irapuato, Gto.; México.

ARTÍCULO 2°.- Para los efectos de este Reglamento, a la Asociación de Colonos se le denomina "ADMINISTRACION"

ARTÍCULO 3°.- Son condominos del Fraccionamiento Residencial “Las aves" las personas que permanente o habitualmente residen en el, así como quienes sean propietarios de uno o mas locales comerciales.

ARTICULO 4°.- La aplicación del cumplimiento de este reglamento corresponde al Presidente, a través del Secretario, Tesorero y Adminstrador, la vigilancia sobre el cumplimiento del mismo es responsabilidad de la comunidad de todos y cada uno de los condominos.

ARTÍCULO 5°.- El presente reglamento tiene por objetivo promover y regular a la comunidad vecinal de las formas de participación de los condominos del Fraccionamiento “ Residencial Las Aves", con el propósito de fortalecer el régimen de democracia, propiciar la colaboración directa y efectiva de los condominos en la solución de las problemáticas actuales y futuras de carácter general.

ARTÍCULO 6°.- Por Administración se entiende a un organismo representativo, que tiene una personalidad formal y debidamente notariada, como órgano de decisiones, y está conformado por los siguientes:

PRESIDENTE:
TITULAR:
SECRETARIO:
TITULAR:
TESORERO:
TITULAR:
ADMINISTRADOR:
TITULAR:








CAPITULO SEGUNDO

DE LOS REQUISITOS PARA PERTENECER A "LA ADMINISTRACION"

ARTÍCULO 7°.- Para ser miembro de "La Administración" se requiere:

    Tener una edad mínima de 18 años o ser jefe de familia, y ser dueño de alguna casa o local comercial y residir dentro del Fraccionamiento residencial Las Aves por lo menos desde dos años atrás.

ARTÍCULO 8°.- Para ser presidente o secretario se requiere:

    Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

    Tener una edad mínima de 18 años cumplidos a la fecha de su designación.

    Tener una residencia no menor de dos años en el Fraccionamiento.

    Saber leer y escribir y tener capacidad de liderazgo.

    Tener un modo honesto de vivir, observar buena conducta y reconocida solvencia moral.

    Ser propietario de algún local o casa habitación del conjunto habitacional.

CAPITULO TERCERO

LA ASAMBLEA Y LA ADMINISTRACION

La Asamblea es la máxima autoridad del Fraccionamiento Residencial Las Aves, sus resoluciones son de cumplimiento obligatorio aun para los ausentes o disidentes, siempre y cuando hayan sido avaladas por la mayoria exigidas por la LEY.

ARTÍCULO 9°.- Establece que la asamblea ordinaria se reunirá cuando menos una vez durante los primeros cuatro meses de cada año, en la fecha que fija La Administración.

ARTÍCULO 10°.- El Presidente hará la convocatoria para las asambleas, la cual deberá contener el Orden del día, fecha, lugar y hora en que habrán de celebrarse.

ARTÍCULO 11.- Si el Presidente no hace la convocatoria para la asamblea, cualquiera de los propietarios podrá solicitársela, y si al término de una semana contados apartir de la fecha solicitada el Presidente no convoca a Asamblea, este hecho motivará su remoción.

ARTÍCULO 12°.- Para que una Asamblea este legalmente constituida en primera convocatoria, deberá estar presente por lo menos el 51% de los condominos, si no se obtiene en la primera reunión, se realizará una segunda convocatoria y se tomaran validamente por mayoria de votos de los presentes cualesquiera que sea la proporción.

CAPITULO CUARTO

DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS INTEGRANTES

DE "LA ADMINISTRACION"

ARTÍCULO 13°.- Los cargos y comisiones que se deriven de la elección de "La Administración", duraran en su encargo por un año, prorrogable en tanto la asamblea de colonos y ellos así lo acuerden.

ARTÍCULO 14°.- La condonación total o parcial a los integrantes de La Administración se pondrán a votación en la Asamblea en la cual fueron electos.

ARTICULO 15°.- Son facultades y obligaciones de "La Administración" las siguientes:

Vigilar que las actividades del Servicio de Vigilancia se desarrollen en apego a la ley y cumplan con las obligaciones a que están sujetos.

Informar en vitrina los ingresos y egresos mensuales a los condominos.

Vigilar que la Recolección de basura se cumpla dentro de los días, horarios establecidos y dar seguimiento a cualquier queja reportada por cualquier condómino.

Vigilar que la persona que barre las banquetas y vialidades cumpla con su función dentro de los días y horarios establecidos

Registrar "La Administración" ante las dependencias correspondientes.

Informar los avances que surjan de las Asambleas através de comunicados

Realizar acciones que conlleven al desarrollo vecinal, moral, cultural y cívico de los condominos, ejemplo celebraciones de: Día del niño, Noche de Brujas y Posada navideña (esta puedes ser por aportaciones voluntarias o presupuesto de la Administración).

Realizar los pagos puntuales de los servicios de energía eléctrica: Hidroneumático, Módulos y postes.

Realizar recorridos periódicos en lo largo y ancho de la privada para ver necesidades que surjan ( se recomienda sea mensualmente)

Son facultades y obligaciones del presidente de la Administración:

I.- Representar a la comunidad vecinal ante las instancias correspondientes.

II.- Vigilar el cumplimiento de las actividades de la Administración.

III.- Convocar a reuniones.

IV Elaborar junto con el secretario el orden del día de las reuniones e informar de los acuerdos

V.- Firmar el libro de Asambleas y de la papelería u oficios de la Administración

VI.- Integrar su firma a la cuenta bancaria que llevará para la recaudación de cuotas de Mantenimiento de los condóminos que depositan através de este medio.

VII.- Autorizar las erogaciones que por concepto de gastos se generen en las distintas actividades de la Administración.

VIII.- Proponer el Plan anual de trabajo.

IX.- En reuniones internas de Comité y en caso de votación contar con el voto de calidad para decidir diferendos.

X.- Atender las quejas de los condóminos y dar seguimiento a los puntos relevantes de la Bitacora de Vigilancia.

XI.- Dar a conocer el presente reglamento a todos y cada uno de los residentes y dueños del Fraccionamiento.

Son facultades y obligaciones del Secretario:

I.- Llevar un registro de los planes de trabajo.

II.- Llevar un libro de actas en donde se registren los acuerdos tomados en las reuniones.

III.- Participar en la integración del plan de trabajo anual.

IV.- Revisar la Bitacora de Vigilancia periódicamente e informar al Presidente de los reportes relevantes.

V.- Revisar las necesidades de papelería, productos de limpieza y agua que se requieran en Vigilancia.

VI.-Revisar mensualmente el funcionamiento del Sistema de Hidroneumático y solicitar su Mantenimiento periódico.

VII.- Cubrir puntualmente los pagos de nóminas y Electricidad.

Son facultades y obligaciones del Administrador:

I.- Supervisar el registro contable del manejo de los fondos de Hidroneumático.

II.- Pedir al Presidente y al Tesorero de La Administración las aclaraciones necesarias al manejo de la cuenta bancaria.

III.- Conocer de las diversas erogaciones que por concepto de gastos se generen en las distintas actividades.

IV.- Hacer el Reporte contable de Ingresos y egresos mensual.

V.- Participar en la elaboración del plan anual de trabajo.

VI.- Preparar trimestralmente y cierre anual a la Administración, el balance contable de los recursos económicos del Fraccionamiento.

Son facultades y obligaciones del Tesorero:

I.- Recibir las aportaciones de cuotas de Mantenimiento y aportaciones para el Mantenimiento al Sistema del Hidroneumático y llevar un control.

II.- Participar en la elaboración del plan anual de trabajo.

III.- Llevar el registro contable de los gastos de la Administración.

IV.- Proponer a la Administración las mejores alternativas para el uso óptimo de los recursos económicos de la misma.

VI.- Comprar papelería que haga falta.

VII- Participar en la elaboración del plan anual de trabajo.

SERVICIO DE VIGILANTES:

I.-Atender estrictamente el control de las puertas del Fraccionamiento.

II.- Anotar a todas y a cada una de las personas que ingresen al fraccionamiento, anotándolas en la Bitacora de visitas. Nombre de la persona, hora de entrada, hora de salida, persona que visita, No. De placas e instalar cono de visitante (en caso de traer vehiculo) y cerciorarse en la media de sus posiblilidades si visitará a la persona indicada.

III.- Revisar el ingreso de las personas frecuentes al Fraccionamiento, cerciorándose estén anotadas en la Bitacora especial para este fin, y aun así anotarlas en la bitacora normal.

IV.- No permitir acceso a Ambulantaje.

V.- No permitir acceso a ninguna persona que no tenga bien definida a la persona que visitará.

VI.- Recibir y entregar toda la correspondencia, y llevar un control interno para ello.

VII.- Realizar el barrido de la entrada principal.

VIII.- Realizar limpieza de su caseta de vigilancia, tener un control y rol interno.

IX.- Regar cada tercer día los jardines de Vigilancia y jardines exteriores, llevar su control interno.

X.- Encender y apagar el alumbrado de módulos en el horario estipulado por La Administración.

XI. Cuidar que se respete el límite de velocidad 10 KmxHr, tanto para visitantes como para condominos.

XI- Informar a los visitantes que utilicen los cajones para VISITAS, y en caso de estar ocupados los mismos, usen los laterales.

XII.- Realizar los Recorridos nocturnos en los horarios establecidos por La Administración.

XIII.- Entregar las circulares que le sean encomendadas por La Administración, llevando un control interno.

XIV.- En caso de necesitar permiso para faltar o llegar tarde, ponerse de acuerdo con los compañeros e informar previamente a la Administración.

XV.-Cerciorarse en la medida de sus posibilidades del cumplimiento de Recolección de basura y barrido de privada.

XV.- Tener los telefónos de Emergencia y cuidar el saldo de la tarjeta telefónica del Servicio en Vigilancia Tel 462 6076385.

XVI.- En caso de un desorden grave dentro de la privada informar al Presidente y/o Secretario.

CAPITULO QUINTO

REGLAMENTO INTERNO DEL BUEN VECINO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 16 ° DE SEGURIDAD.-

Todo colono o residente del conjunto habitacional tiene la obligación de conocer este Reglamento.

Indicar a sus visitas de la obligación de registrarse en Vigilancia y de proporcionar identificación al personal de la caseta de vigilancia.

Indicar al personal de servicio de la obligación de registrarse en la caseta.

Respetar la velocidad máxima de 10 Km/h

Indicarle a su visitante use los cajones para este fin o los laterales.

Respetar y hacer respetar las presentes normas, todo en bien de la seguridad de la comunidad.

ARTICULO 17° DE CONVIVENCIA.

Todo colono o residente tiene la obligación de :

Abstenerse de promover cualquier tipo de proselitismo religioso o político cuya incidencia moleste o perjudique la sana convivencia entre Colonos.

Abstenerse de molestar o perjudicar con ruido u otras conductas, a los Colonos con sus eventos privados, para lo cual es imprescindible la comunicación evitando así roces o disgustos.

Abstenerse de ingerir bebidas embriagantes en el área verde y demás áreas comunes del fraccionamiento.

Abstenerse de invadir el espacio ajeno para estacionar sus vehículos, respetar los límites de cada cajón.

Abstenerse de que sus mascotas excreten en los espacios que no les son propios, o en su caso limpiar dichas excreta

ARTICULO 18° DE MANTENIMIENTO

Es obligación de los condominos el pago de la cuota de Manteni9miento dentro de los primeros 5 días del mes en curso.

Realizar puntualmente las aportaciones extraordinarias para el Mantenimiento del Sistema Hidrneumatico.

Fomentar el cuidado y buen uso de áreas verdes, recordando que los jardines son en su mayoria comunes.

En caso de daño, reparar o reponer el bien que se haya dañado.

ARTICULO 19° DE IMAGEN DE NUESTRA PRIVADA

Queda prohibida toda modificación de fachada o cambio de color de la misma.

Tener en cuenta que los jardines son comunes y evitar la instalación de barandales, en caso necesario solicitar autorización de la Administración.

Queda prohibida toda instalación visible , en caso necesario solicitar a la Administración y buscar una alternativa acorde a nuestra privada.

ARTICULO 20° TRANSITORIOS

En caso de anomalía grave que perjudique la sana convivencia entre Colonos, ofensas, altercados que lleguen a la agresión, etc., La Administración através de Vigilancia dará aviso a las autoridades correspondientes para la consignación de el o los responsables.

Es obligación de los arrendadores informar de este reglamento a sus arrendatarios, e informar a la Administración para que a su vez Vigilancia esté enterado de los nuevos inquilinos, esto con la finalidad de mantener estos lineamientos en forma continua para todos.